El director de Meteorología e Hidrología de la DINAC, Lic. Eduardo Mingo participó representado a Paraguay y como Presidente de la Asociación Regional III de la Organización Meteorológica Mundial (OMM), en la 79° Sesión del Consejo Ejecutivo del organismo internacional. 

La sesión tuvo lugar en Ginebra, Suiza, del 16 al 20 de junio. Previamente, se llevó a cabo la reunión del Grupo de trabajo de Finanzas del 12 al 13 de junio pasados. 

El Consejo aprobó una ruta global estratégica donde incluyeron un plan de acción para emplear la inteligencia artificial en los ámbitos de meteorología e hidrología y dar prioridad al despliegue de la iniciativa de Alertas Temprana para todos, entre otras decisiones vinculadas al sector.

La OMM es un ente que congrega a 187 países miembros y seis territorios miembros. Entre los mismos, se encuentra la Asociación Regional III de la OMM que representa a 13 países de Sudamérica.

En la ocasión, los demás presidentes de las otras 5 regiones de la OMM fueron presentados durante la reunión.

Con un acuerdo inédito que transformará la manera en que se gestiona el control migratorio aéreo en Paraguay, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC) inician formalmente el proyecto de implementación del sistema API/PNR (Información Anticipada de Pasajeros / Registro de Nombres de Pasajeros, por sus siglas en inglés), tecnología utilizada a nivel mundial para reforzar la seguridad en los puntos de entrada por vía aérea.

Este acuerdo representa un avance sin precedentes para el Estado paraguayo, que hasta el momento era uno de los pocos países de la región que no contaba con este sistema.

La incorporación del sistema API/PNR permitirá a las autoridades contar, con antelación, con los datos relevantes de los pasajeros que quieran ingresan al territorio nacional, contribuyendo a la detección más precisa y oportuna de perfiles de riesgo dentro de los flujos migratorios.

La firma del acuerdo específico estuvo a cargo del director nacional de Migraciones, Jorge Kronawetter, y del presidente de la DINAC, Nelson Mendoza, en el marco de la cooperación interinstitucional entre ambas entidades para el fortalecimiento de los mecanismos de control y seguridad migratoria en los aeropuertos del país.

Entre los principales beneficios de esta tecnología se destacan:
•    Mejoramiento en la prevención y control de amenazas, como delitos transnacionales, trata de personas y terrorismo.
•    Mayor capacidad de análisis anticipado, lo que permite adoptar decisiones de forma oportuna y basada en datos.
•    Alineación con estándares internacionales promovidos por organismos como la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y otras entidades multilaterales que recomiendan el uso de sistemas API/PNR como herramienta clave para fortalecer la seguridad aérea y migratoria.
•    Optimización de procesos operativos aeroportuarios, mediante una infraestructura tecnológica más moderna e integrada.

El acuerdo sienta las bases para el diseño e implementación conjunta de un sistema nacional de recepción, tratamiento y protección de datos API/PNR, en línea con las normativas de protección de datos personales y en coordinación con otras instituciones competentes en materia de seguridad.

Con este acuerdo, ambas instituciones consolidan una línea de trabajo conjunta orientada a ampliar las capacidades del Estado para el control aéreo y migratorio. La incorporación del sistema API/PNR marca un paso estratégico a nivel operativo, que permitirá anticiparse a potenciales riesgos y aplicar estándares de seguridad acordes a las mejores prácticas internacionales, beneficiando tanto a la ciudadanía como a quienes arriban al país por vía aérea.

La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil le da la más cordial bienvenida a la página web institucional en la botonera “Ley N° 5282/2014”, en el marco de la implementación del Componente de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En fecha 18 de setiembre del 2014, se promulgó la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental" en su faz activa y pasiva. La Transparencia Activa es la obligación que tienen las fuentes públicas de poner a disposición la información pública.

INFORMACIÓN MÍNIMA

El Artículo 8 de la Ley N° 5282/2014 establece como Regla general. Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones:

 

Ley N° 5189/2014 "Que establece la obligatoriedad de la Provisión de Informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay"

TRANSPARENCIA ACTIVA - Es el proceso a través del cual la Institución toma la iniciativa de difundir información sin que exista una solicitud o petición previa, lo que es entendida como una de las maneras de transparentar su gestión, y lo hace en cumplimiento y observación de lo que establece la legislación en la materia.

POR LA QUE SE ACTUALIZA EL LISTADO DE INSPECTORES DE AERÓDROMOS (AGA) Y LA EMISIÓN DE LOS RESPECTIVOS CARNETS DE HABILITACIÓN DE LOS MISMOS

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