Denuncias (5)

Estimado/a Lector/a:

Que, la Resolución CGR N° 1306 de fecha 26 de diciembre de POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LEY N° 7389/24 QUE ESTABLECE EL REGIMEN NACIONAL DE INTEGRIDAD, TRANPARENCIA Y PREVENCION DE LA CORRUPCION DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY. Capítulo I FASE DE RECEPCION DE DENUNCIAS CUIDADANAS Art. 10 Las denuncias serán nominales o con protección de datos. El ciudadano afectado puede realizar su denuncia, pudiendo elegir la opción de protección de sus datos personales, y realizar el seguimiento on-line del estado de su denuncia a través de una contraseña ingresando al Portal: https://denuncias.contraloria.gov.py/  

Denuncia: Es el medio a través del cual un ciudadano cumple con la obligación de informar a la Institución que corresponda acerca de actos u omisiones realizados por funcionarios públicos, pertenecientes a determinadas instituciones y que sean contrarios a las normas y principios que rigen la función pública, sin que signifiquen una afectación directa a sus derechos o intereses como ciudadano.

Así también podrá realizar su denuncia de manera responsable, en la Oficina de la Unidad de Transparencia y Anticorrupción de la DINAC.

 

La Ley N° 2051 de Contrataciones Públicas de Paraguay fue derogada por la Ley N°7021/2022, también conocida como la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas, que entró en vigencia el 9 de diciembre de 2022. Esta nueva Ley introduce cambios significativos, como la preferencia para las PYMES en contratos menores y la creación del Sistema Nacional de Suministro Público, además de la modernización de los procesos a través de medios electrónicos.
CONSTITUCIÓN NACIONAL - DE LA RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO PÚBLICO Artículo 106 - Ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad. En los casos de transgresiones, delitos o faltas que cometiesen en el desempeño de sus funciones, son personalmente responsables.DENUNCIA Cualquier ciudadano podrá denunciar la existencia de hechos que involucren a funcionarios de instituciones públicas y que pudieran resultar irregulares, significar la comisión de hechos de corrupción pública o vayan en detrimento de los intereses institucionales, a fin de que se inicie un proceso de investigación preliminar, si existieren méritos suficientes para ello. COMO PRESENTAR UNA DENUNCIALa denuncia se podrá presentar en el Portal de Denuncias Anticorrupción de la SENAC, por escrito en mesa de entrada institucional o en forma verbal. El denunciante tiene la facultad de registrar su denuncia en forma anónima o solicitar la protección de sus datos personales. ALCANCE DE LA DENUNCIA A modo enunciativo, pero no limitativo, se detallan los tipos legales de corrupción, conexos y faltas administrativas aplicables: - Enriquecimiento ilícito en la función pública, Administración en provecho propio, Tráfico de Influencias, Extorsión, Extorsión agravada, Cohecho pasivo, Cohecho pasivo Agravado, Soborno, Soborno Agravado, Prevaricato, Cobro indebido de honorarios, Asociación Criminal, Lesión de confianza, Estafa, Declaración Falsa, Inducción a un subordinado a cometer hecho punible - Infracción a la Leyes N° 1626/00, 2051/03, 5295/14, 5189/14, 5282/14 - Violación de leyes orgánicas y reglamentos internos de las Organizaciones y Entidades del Estado, Infracción a Código de Ética, Todas aquellas conductas descritas en el artículo 3° del Decreto…