La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil le da la más cordial bienvenida a la página web institucional en la botonera “Ley N° 5282/2014”, en el marco de la implementación del Componente de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En fecha 18 de setiembre del 2014, se promulgó la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental" en su faz activa y pasiva. La Transparencia Activa es la obligación que tienen las fuentes públicas de poner a disposición la información pública.

INFORMACIÓN MÍNIMA

El Artículo 8 de la Ley N° 5282/2014 establece como Regla general. Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones:

 

Ley N° 5189/2014 "Que establece la obligatoriedad de la Provisión de Informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay"

TRANSPARENCIA ACTIVA - Es el proceso a través del cual la Institución toma la iniciativa de difundir información sin que exista una solicitud o petición previa, lo que es entendida como una de las maneras de transparentar su gestión, y lo hace en cumplimiento y observación de lo que establece la legislación en la materia.

POR LA QUE SE ACTUALIZA EL LISTADO DE INSPECTORES DE AERÓDROMOS (AGA) Y LA EMISIÓN DE LOS RESPECTIVOS CARNETS DE HABILITACIÓN DE LOS MISMOS

La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil le da la más cordial bienvenida a la página web institucional en la botonera “Ley N° 5282/2014”, en el marco de la implementación del Componente de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En fecha 18 de setiembre del 2014, se promulgó la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental" en su faz activa y pasiva. La Transparencia Activa es la obligación que tienen las fuentes públicas de poner a disposición la información pública.

INFORMACIÓN MÍNIMA

El Artículo 8 de la Ley N° 5282/2014 establece como Regla general. Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones:

 

Ley N° 5189/2014 "Que establece la obligatoriedad de la Provisión de Informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay"

TRANSPARENCIA ACTIVA - Es el proceso a través del cual la Institución toma la iniciativa de difundir información sin que exista una solicitud o petición previa, lo que es entendida como una de las maneras de transparentar su gestión, y lo hace en cumplimiento y observación de lo que establece la legislación en la materia.

Congreso FIFA

Mayo 19, 2025

 El Congreso FIFA ha llegado a su fin, pero su impacto continuará. La cita no sólo ha sido un evento deportivo de primer nivel, sino también un hito para el desarrollo económico y social de Paraguay.

El compromiso, profesionalismo y dedicación de cada uno de los funcionarios de la DINAC fueron clave para garantizar la seguridad, la operatividad y la excelencia en la logística aeroportuaria. Su labor, muchas veces silenciosa pero fundamental, permitió que Paraguay se proyecte al mundo como un destino confiable y preparado para recibir eventos internacionales de esta envergadura.

Reafirmando nuestro compromiso con una aviación a la altura de los grandes desafíos seguiremos trabajando para que Paraguay siga siendo un destino confiable y competitivo en el mapa mundial.

Nelson Mendoza Rolon - Presidente de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil.

 

Ley N° 5189/2014 "Que establece la obligatoriedad de la Provisión de Informaciones en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas al servidor público de la República del Paraguay"

TRANSPARENCIA ACTIVA - Es el proceso a través del cual la Institución toma la iniciativa de difundir información sin que exista una solicitud o petición previa, lo que es entendida como una de las maneras de transparentar su gestión, y lo hace en cumplimiento y observación de lo que establece la legislación en la materia.

Se llevó a cabo una reunión interinstitucional clave en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, con el objetivo de ultimar detalles logísticos y operativos para la organización del 75° Congreso de la FIFA, que se celebrará por primera vez en Paraguay el próximo 15 de mayo de 2025.

El encuentro reunió a autoridades nacionales vinculadas al evento, que ha sido declarado de interés nacional por su trascendencia deportiva, diplomática y económica.

Participaron de la reunión el presidente de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), Nelson Mendoza; el ministro de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), Gustavo Villate; y la directora de Relaciones Interinstitucionales de la CONMEBOL, Leila Rachid. También estuvieron presentes representantes de la Secretaría Nacional de Turismo (SENATUR), la Dirección General de Migraciones y funcionarios técnicos de la DINAC y CONMEBOL.

Durante la reunión se abordaron aspectos claves como el protocolo de recepción de delegaciones, medidas de seguridad, conectividad, atención migratoria, infraestructura aeroportuaria y coordinación institucional para asegurar el éxito de un evento que reunirá a representantes de las 211 asociaciones miembro de la FIFA.

El 75° Congreso de la FIFA convertirá a Asunción en el epicentro del fútbol mundial, marcando un hecho histórico para el país, que por primera vez será sede del máximo encuentro anual del organismo rector del fútbol global.

La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil le da la más cordial bienvenida a la página web institucional en la botonera “Ley N° 5282/2014”, en el marco de la implementación del Componente de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

En fecha 18 de setiembre del 2014, se promulgó la Ley 5282/2014 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental" en su faz activa y pasiva. La Transparencia Activa es la obligación que tienen las fuentes públicas de poner a disposición la información pública.

INFORMACIÓN MÍNIMA

El Artículo 8 de la Ley N° 5282/2014 establece como Regla general. Las fuentes públicas deben mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, las siguientes informaciones: