Convención Interamericana Contra la Corrupción. Ratificada por Paraguay, Ley Nº 977/96: Artículo III, Medidas preventivas inc.8. Sistemas para proteger a los funcionarios públicos y ciudadanos particulares que DENUNCIEN de buena fe actos de CORRUPCION, incluyendo la protección de su identidad, de conformidad con su Constitución y los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico interno.

Ley Nº 1626 de la Función Pública,  Capítulo IX De las obligaciones de los Funcionarios Públicos. Artículo 57° - Son obligaciones del funcionario público, sin perjuicio de lo que se establezca en los reglamentos internos de los respectivos organismos o entidades del Estado, las siguientes: …… h) denunciar con la debida prontitud a la justicia ordinaria o a la autoridad competente los hechos punibles o irregularidades que lleguen a su conocimiento en el ejercicio del cargo.

CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY LEY N° 1.286/98: Artículo 286.- Obligación de denunciar Tendrán obligación de denunciar los hechos punibles de acción pública: 1) los funcionarios y empleados públicos que conozcan el hecho en ejercicio de sus funciones; …. 3) las personas que por disposición de la ley, de la autoridad, o por algún acto jurídico, tengan a su cargo el manejo, la administración, el cuidado o control de bienes o intereses de una institución, entidad o persona, respecto de los hechos punibles cometidos en perjuicio de éste o de la masa o patrimonio puesto bajo su cargo o control, siempre que conozcan del hecho por el ejercicio de sus funciones

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