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En esta Sección el usuario puede encontrar los requisitos para la habilitación de una nueva Organización de Mantenimiento, asi como también el Formulario de Solicitud de Habilitacion, tanto como para Organizaciones Nacionales y Extranjeras.

Igualmente se actualiza constantemente el listado de status de las Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas con sus respectivas Listas de Capacidad (antiguamente denominado Especificaciones de Operación).

Además de esto, se ponen a disposición los Reglamentos DINAC R aplicables a esta actividad.

Ante cualquier duda o para obtener mas datos puede comunicarse con el Departamento de Certificación de Talleres, por uno de los siguientes medios:

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Tel.: (595) 21 - 22 87 15

 

VIGILANCIA CONTINUA

Las Organizaciones de Mantenimiento habilitadas en la República del Paraguay son auditadas 1 (una) vez por año de acuerdo al calendario de vencimientos de habilitaciones, información disponible en la Sección Lista de Vencimientos de Organizaciones de Mantenimiento Nacionales y Extranjeras.

Las Organizaciones de Mantenimiento habilitadas en el Extranjero son auditadas cada 2 (dos) años de acuerdo al calendario de vencimientos de habilitaciones, información disponible en la Sección Lista de Vencimientos de Organizaciones de Mantenimiento Nacionales y Extranjeras.

 

SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL SMS

Se trata de un nuevo concepto dentro del Reglamento DINAC R 145. Esta herramienta de gestión, la cual debe ser aceptada por la DINAC, tiene por objetivo elevar el nivel de la Seguridad Operacional, debiendo contemplar los siguientes  aspectos:

- Identificación de los peligros que afecten la seguridad operacional, evaluar y mitigar los riesgos;

- Asegurar que se apliquen las medidas correctivas necesarias para mantener un nivel aceptable de seguridad operacional;

- Prever la supervisión permanente y la evaluación periódica del nivel de seguridad operacional logrado; y

- Tener como meta mejorar continuamente el nivel de seguridad operacional.

En el 37º Periodo de Sesiones de la Asamblea de la OACI, encargó al Secretario General que iniciara la evolución de USOAP hacia un CMA, que incorporaría el análisis de los factores de riesgo de seguridad operacional y se aplicaría de modo universal para evaluar las capacidades de vigilancia de los Estados

Asimismo, encargó al Secretario General de la OACI, asegurar que el CMA siguiera manteniendo como elementos básicos las disposiciones clave, relativas a la seguridad operacional que figuran en el Anexo 1 – Licencias al Personal, Anexo 6 – Operación de aeronaves, Anexo 8 – Aeronavegabilidad, Anexo 11 – Servicios de Tránsito aéreo, Anexo 13 – Investigación de accidentes e incidentes de aviación y Anexo 14 – Aeródromos,

Durante dicha Sesión, se instó a los Estados contratantes a firmar un Memorándum de Acuerdo bilateral entre los Estados contratantes y la Organización de Aviación Civil Internacional – OACI, relativo al Enfoque de observación continua del Programa Universal de Auditoria de la Vigilancia de la Seguridad Operacional – USOAP

El Memorándum de Acuerdo (MoU) se insta a todos los Estados Contratantes a presentar oportunamente a la OACI y mantuvieran actualizada toda la información y documentación solicitada por la OACI, para garantizar la ejecución efectiva del CMA del USOAP

El mismo recalca  que la transparencia y el intercambio de información sobre seguridad operacional son principios fundamentales de un sistema de transporte aéreo operacionalmente seguro y que la confianza mutua entre los Estados así como la confianza del público en la seguridad operacional del transporte aéreo dependen del acceso a información adecuada sobre seguridad operacional

Entre las actividades del CMA del USOAP (Generalidades) dispone que la República del Paraguay, acepta participar plenamente en el CMA del USOAP, tomando parte en todas las actividades del CMA del USOAP y comprometiéndose a proporcionar toda información relacionada con el establecimiento e implantación de su sistema de vigilancia de la seguridad operacional de manera continua, siempre que sea posible por medio del marco del CMA en línea, cuyas actividades abarcaran el Convenio sobre Aviación Civil Internacional y las disposiciones relacionadas con la Seguridad operacional comprendidas en sus anexos.

Por dicho documento la República del Paraguay, conviene en facilitar el CMA del USOAP, mediante la designación de una o más personas apropiadamente cualificados para que actúen de modo permanente como Coordinadores nacionales de observación continua (NCMC), quienes se desempeñaran como facilitadores y principales personas de contacto para todos los procesos y actividades que se lleven a cabo en el marco del CMA del USOAP y encargados de comunicar continuamente a la OACI actualizaciones e información, ya se proporcionando a la OACI copias de la información y actualizaciones pertinentes, o colocando la información directamente a través del marco del CMA en línea del USOAP.

Teniendo en cuenta que la Vigilancia Continua de la Seguridad Operacional (Continuous Monitoring Approach), entrará a regir a partir del presente año de acuerdo a un Plan de Transición elaborado por la OACI y a modo de cumplir con el Sistema de Auditoría, se conformó un grupo de trabajo integrado por las distintas áreas de la DINAC relacionados con dicha auditoría, el cual se encargará de seguir los lineamientos emitidos por el Coordinador Nacional de Observación Continua (NCMC) y realizar las coordinaciones necesarias de tal manera a cumplir con las normativas y exigencias del nuevo Sistema.

Dicho Grupo de Trabajo está compuesto de la siguiente manera

  1. Cnel. DEM (R) Jesús Cesar Ríos R. - Coordinador Nacional de la Supervisión Continua (NCMC);
  2. Lic. Daisy Ferreira Cabanellas - Coordinador Adjunto
  3. Albina Leticia Castillo Portilla - Secretaria de la Coordinación,
El Coordinador, ejerce la función de Coordinador Nacional de Observación Continua (NCMC) y enlace entre la DINAC y la Sección de Auditoría de la Vigilancia Continua de la Seguridad Operacional (CMA), el mismo se encargará de coordinar con las áreas afectadas la inclusión de las actualizaciones del SAAQ, CCS u otras informaciones requerida en el sitio WEB de la OACI, cuando se produzcan cambios con respecto a la información que afecta al estado y a requerimiento de la OACI, debiendo mantener copia autenticada de los planes de acción correctivas (CAP) elaborados por las distintas áreas.

Expertos nominados por Área de acuerdo a los Anexos:

Asesoría Jurídica (LEG)

-       Abog. Derlis Huber Olazar Villalba

-       Abog. Marcelo Fernando Amabile Miranda

Subdirección de Planificación y Desarrollo Sustentable

ORG

-       Lic. María Ines Zaballa Balbiani

-       Lic. Mirna Cespedes

ii. Anexo 5 y 16 Parte 1

-       Arq. Rubén pino Garcete

-       Abog. Celeste Bareiro

 

Dirección de Aeronáutica (Anexos 2, 4, 10, 11, 12, 14, 15 y 16 Parte 2)

-       Sr. Hernán Colmán Quyintana

-       Lic. Daysi Ferreira Cabanellas

Dirección de Meteorología (Anexo 3)

-       Lic. Carlos Roberto Salinas

-       Lic. Jorge Concepcion Armoa

CIPAA (Anexo 13)

-       PAC. Emilio Verruck

-       Sr. Adriano Perez Amarilla

Subdirección de Normas de Vuelo

i. Anexo 1

-       Rubén Galeano Riveros

-       Lic. Estela Gómez de la Fuente

-       Lic. Eva Zaracho de Espínola

ii. Anexo 6

-       TMA. Alberto Vidal Ayala Candia

-       TAM. Felipe Ayala

-       PAC. Guillermo Italo Bonetto

-       PAC. Luis A. Faria

iii. Anexo 7

-       Esc. Joel Ricardo Amarilla Monges

-       Sr. Raúl Maciel

iv. Anexo 8 y 16 Parte 2

-       Ing. José Darío Gauto Gines

-       TMA. Miguel Angel Ayala

-       Ing. Guillermo Luis Christ Céspedes

-       TMA. Derlis Chávez

v. Anexo 18

-       TMA. Alberto Vidal Ayala Candia

-       TMA. Felipe Ayala

CA 6.425 DINAC RVSM

Requisitos y procedimientos para la Aprobación de Operaciones en Espacio Aéreo Designado con Separación Vertical Mínima Reducida (RVSM).

Propósito.-

El propósito fundamental de la presente CA es proporcionar orientación al personal de la DINAC y al interesado en general sobre la aeronavegabilidad, aeronavegabilidad continuada y procedimientos operacionales para la operación de aeronaves en espacio aéreo designado RVSM,  que permita la introducción de una VSM de 300 m (1 000 pies) por encima del FL 290 en los Estados participantes del Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP), de conformidad con los criterios y requisitos elaborados por la OACI.

La presente CA proporciona también lo siguiente:

- Orientación a las autoridades de la DINAC, sobre las medidas necesarias para asegurar el respeto de los criterios y requisitos  en sus áreas de responsabilidad; e

- Información complementaria para los explotadores, a fin de facilitar la elaboración de manuales de operaciones y de mantenimiento, y de procedimientos para la tripulación de vuelo.

La Subdirección de Normas de Vuelo, fue creada por Resolución Nº 246/2009, de fecha 06 julio de 2009, como resultado de una necesidad de realizar en forma evolutiva las adecuaciones de sus niveles jerárquicos y de los órganos operacionales, con el fin de cumplir en forma eficiente con la función y misión de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil - DINAC, respectivamente.

A finales del año 2010, la organización de la Subdirección ha sufrido modificaciones en cuanto a su estructura luego de un análisis profundo y conforme a recomendaciones de la ultima Auditoria de la Seguridad Operacional, practicada por Expertos designados por la Organización de Aviación Civil Internacional – OACI, a fin de realizar las tareas con la debida eficiencia y prontitud que exige la comunidad aeronáutica y el informe de las auditorias internacionales.

Esta reestructuración se debe a que, conforme al DOC. 9734 – Manual de Vigilancia de la Seguridad Operacional de la OACI, que señala los 8 (ochos) Elementos Críticos de un sistema de Vigilancia de la Seguridad Operacional, establece que, a fin de que los Estados cumplan sus obligaciones según lo dispuesto en el Convenio de Chicago, es necesario establecer y estructurar sistema de vigilancia de la seguridad operacional (Elemento Crítico Nº 3) debidamente organizado. La Subdirección de Normas de Vuelo, creado para atender todas las cuestiones relativas a la seguridad operacional de las aeronaves, tiene la responsabilidad general y específica por las operaciones y aeronavegabilidad de la aviación general y comercial y certificación de explotadores de servicios aéreos (Anexo 6 Parte I, II, III y Anexo 8 de la OACI), por la certificación de la idoneidad de los titulares de Licencias al personal aeronáutico y Centro de Instrucción de Aviación Civil – CIAC (Anexo 1 de la OACI), por el Registro Aeronáutico Nacional de Aeronaves (emisión de matricula – Anexo 7 de la OACI), y por el Transporte sin riesgo de Mercancías Peligrosas por vía Aérea (Anexo 18 de la OACI).

Estas actividades conllevan la responsabilidad de establecer y aplicar normas aeronáuticas de carácter general y específico para garantizar que las actividades aeronáuticas se desarrollen en forma segura y eficiente.

Desde su creación y hasta la fecha, esta Subdirección puede presentar resultados en los campos que se propuso abordar con lo cual se ha desarrollado  capacidades indispensables para contribuir al desarrollo aeronáutico y al mejor servicio hacia los usuarios.

 

Misión

Establecer la normativa que permita la operación y el desarrollo del sector aeronáutico nacional, fiscalizando eficazmente su cumplimiento y aplicando los programas de prevención correspondientes.

La misión se basa en la certidumbre y la confianza en que el fortalecimiento de la Institución es el fundamento de la solución política negociada.

Visión

Mantener altos estándares de seguridad en las operaciones aeronáuticas, para mantener la Seguridad Operacional de las Empresas Aéreas y por ende salvaguardar la seguridad de los usuarios en general, que hacen a la materia aeronáutica.

La misma se logra contribuyendo en mayor medida con el desarrollo ordenado y seguro de la aviación civil, impulsando el crecimiento económico y el mejoramiento de la calidad de vida bajo un esquema de responsabilidad social e institucional.

Objetivos

Para el logro de su Misión la Subdirección de Normas de Vuelo concentrará sus esfuerzos en:

  1. Fomentar y regular el desarrollo, la cobertura y el crecimiento de la aviación civil y la industria aeronáutica, para garantizar la conectividad geográfica nacional e internacional y contribuir al crecimiento de la economía y la calidad de vida de la sociedad.
  2. Garantizar la seguridad operacional mediante la planeación, diseño, implementación, reglamentación y control del desarrollo de la aviación civil, garantizando el cumplimiento de estándares nacionales e internacionales y el mejoramiento de las condiciones y gestión medioambiental.
  3. Garantizar la oportunidad y efectividad en las relaciones con la comunidad aeronáutica y la atención de sus solicitudes y requerimientos.
  4. Adoptar las mejores prácticas de gestión, dirección y control en cumplimiento de los requerimientos de Ley y estándares internacionales, que permitan tanto la satisfacción de los clientes y usuarios, como el desarrollo y bienestar de nuestros empleados

Valores

  • Compromiso "Abordar las experiencias de la vida laboral como una tarea creativa será un deber para alcanzar nuestro bienestar y el de la Institución".
  • Visión Compartida "Demostrar confianza entre nosotros nos permitirá crear una identidad común para resolver problemas y compartir soluciones".
  • Seguridad "Asumimos con entereza la garantía del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en materia de seguridad aeronáutica".
  • Pro-actividad "Tomaremos iniciativas que, en nuestro diario quehacer, hagan que los eventos ocurran con resultados positivos y se logren los objetivos".
  • Sinergia "Nuestro espíritu de trabajo contribuirá a que la suma de todo el esfuerzo de la Institución sea mayor que el esfuerzo de individualidades, por lo cual nuestros intereses se sumarán a los intereses de la Institución".